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QUEJAS Y SUGERENCIAS

Revise desde aquí la ficha del procedimiento. Puede iniciar la tramitación telemática, así como la presencial, desde la sección "Tramitación".

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Este trámite permite formular quejas y sugerencias relativas al funcionamiento de este Ayuntamiento.

Sugerencia: recomendación, planteamiento o propuesta que se formule en relación con una mejora en la prestación de los servicios municipales. 

Reclamación, queja que se formule por retraso, desatención o deficiencias en el funcionamiento de los servicios municipales.

¿PARA QUÉ SIRVE?

Dirigido a: Personas Físicas [X] Personas Jurídicas [X]

Unidad administrativa:

Para que tengo que iniciarlo: Para hacer llegar su queja o sugerencia relativa al funcionamiento de este Ayuntamiento.

CÓMO SE INICIA EL PROCEDIMIENTO

Forma de iniciación: De Oficio [] A instancia de parte [X]

Plazo de presentación: En cualquier momento.

Requisitos previos: Ninguno.

Lugar de presentación:En el Registro General del Ayuntamiento de forma presencial, en las oficinas de Correos o a través del Registro Electrónico con DNI electrónico o certificado digital (así como a través de cualquiera de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

DOCUMENTACIÓN NECESARIA
  • DNI, pasaporte, NIE o tarjeta de residencia del solicitante.
  • En el caso de representación, DNI del representante y escrito de autorización del interesado.
  • Solicitud en modelo normalizado.
  • Documentación que estime conveniente para fundamentar su queja o sugerencia.
TRIBUTOS O PRECIOS PÚBLICOS APLICABLES

Es gratuito.

¿CUANDO Y CÓMO SE RESUELVE EL PROCEDIMIENTO?

Resumen de los pasos a seguir durante la tramitación:

Plazo de resolución y notificación máximo:

Órgano que resuelve:

NORMATIVA APLICABLE AL PROCEDIMIENTO
  • Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.

  • Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

  • Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

  • Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

  • Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Tramitar telemáticamente

Puede iniciar la tramitación telemática (online) de este procedimiento desde el siguiente enlace: Iniciar tramitación telemática


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El procedimiento no está relacionado con ningún otro.

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